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Política de apalancamiento antes del cierre para operar con oro y plata

Entienda cómo la política previa al cierre limita las nuevas posiciones de oro a 200:1, mientras la plata mantiene su máximo normal de 100:1.

Desde el 1 de mayo de 2026, las nuevas posiciones de oro abiertas durante los períodos designados previos al cierre están limitadas a 200:1. La plata mantiene su máximo normal de 100:1 y no aumenta a 200:1.

¿Cómo se aplica la política al oro y la plata?

El oro y la plata tienen distintos niveles máximos normales de apalancamiento. El límite de 200:1 previo al cierre es un techo para el oro; no sustituye ni aumenta el límite de producto más bajo de la plata.

Instrumento

Máximo normal

Tratamiento previo al cierre

Máximo durante el período

Oro (XAU)

Hasta 500:1; puede ser inferior según las reglas de cuenta aplicables

Limitado a 200:1

El valor menor entre el apalancamiento de cuenta aplicable y 200:1

Plata (XAG)

Hasta 100:1

Sin aumento ni reducción adicional por este límite de 200:1

El valor menor entre el apalancamiento de cuenta aplicable y 100:1

La cifra 200:1 es un límite máximo, no un nivel de apalancamiento garantizado. Nunca aumenta un límite de producto o cuenta que ya sea inferior.


¿Cuándo se aplican los períodos previos al cierre?

Día de negociación

Período previo al cierre

Nuevas posiciones de oro

Nuevas posiciones de plata

De lunes a jueves

Últimos 60 minutos antes del cierre diario del mercado

Máximo 200:1

Máximo 100:1 (sin cambios)

Viernes

Últimos 120 minutos antes del cierre semanal del mercado

Máximo 200:1

Máximo 100:1 (sin cambios)


¿Cómo se determina el apalancamiento efectivo?

Para una nueva posición abierta durante un período designado, el sistema aplica el límite más bajo que corresponda según las reglas del producto, la cuenta y el período previo al cierre.

Ejemplos:

  • Oro con mayor apalancamiento de cuenta: Si el apalancamiento de la cuenta es 500:1 y se abre una nueva posición de oro durante el período restringido, la posición se limita a 200:1.

  • Oro con menor apalancamiento de cuenta: Si el apalancamiento de la cuenta es 100:1 y se abre una nueva posición de oro durante el período restringido, la posición permanece en 100:1.

  • Plata: Aunque el apalancamiento de la cuenta sea superior a 200:1, la plata mantiene su máximo de producto de 100:1. La política previa al cierre no aumenta la plata a 200:1.


¿Qué posiciones se ven afectadas?

  • Posiciones aplicables: Esta política previa al cierre solo cubre las nuevas posiciones abiertas dentro de los períodos designados.

  • Posiciones existentes: Las posiciones abiertas antes de que comience un período restringido no se ven afectadas y sus requisitos de margen permanecen sin cambios.

  • Fecha de entrada en vigor: Esta política está vigente desde el 1 de mayo de 2026.


Información relacionada

Para consultar el apalancamiento normal de los productos y las reducciones por el capital de la cuenta, consulte Cómo entender los límites de apalancamiento dinámico.

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